¿Heredaste? Descubre cómo evitar pagar plusvalía ¡Hoy!
¿Heredaste una propiedad? Has de saber que deberás pagar plusvalía
Introducción
Bienvenidos a nuestro artículo sobre la plusvalía a pagar al heredar una propiedad. Se trata de una tasa fiscal que muchas personas desconocen y que puede suponer un gran desconcierto en el momento de hacer una herencia. Por ello, hemos decidido profundizar en este tema y explicároslo detalladamente.
¿Qué es la plusvalía?
La plusvalía, también conocida como impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU) es un tributo municipal que grava la “revalorización” del suelo. Es decir, si el valor del terreno o de la propiedad que se está transmitiendo ha aumentado mientras el anterior propietario la tuvo, aquel que lo hereda deberá abonar esa diferencia en forma de impuesto. Se mide desde la compra del suelo anterior y su venta posterior con el fallecimiento del anterior propietario.
Aclarado este concepto, se puede afirmar que casi todos los herederos tienen la obligación de pagar la plusvalía al ayuntamiento encargado del lugar donde se encuentra la propiedad a heredar. No obstante, existen excepciones que expondremos más adelante en este artículo.
¿Cómo se calcula la plusvalía?
El cálculo de la plusvalía depende de cada ayuntamiento, por lo que no existe una normativa común en este sentido. No obstante, podemos indicar que se calcula en función de diferentes factores, como por ejemplo:
- El valor catastral del terreno o inmueble en el momento del fallecimiento del anterior propietario.
- El tiempo transcurrido desde la última transacción (en caso de que haya existido) hasta la fecha del fallecimiento del anterior propietario.
- La ubicación del inmueble.
- El coeficiente que establezca cada ayuntamiento para calcular la tasa fiscal.
¿Quién está obligado a pagar la plusvalía al heredar una propiedad?
En principio, el obligado a pagar la plusvalía al heredar una propiedad es el heredero o herederos que reciban el bien y, en consecuencia, se convierten en nuevos propietarios de dicho suelo o propiedad. Sin embargo, existen algunas excepciones que no obligan a pagar la plusvalía, como por ejemplo:
- Si la propiedad no ha aumentado su valor en el tiempo que se ha gestionado por el anterior propietario.
- Si el valor de la propiedad ha disminuido en el mismo plazo de tiempo.
- Si el bien heredado es la vivienda habitual del fallecido y el heredero tiene la intención de hacer lo mismo con ella. Debe cumplirse con unos requisitos mínimos para ello.
Es importante que cabe destacar que el hecho de que no se abone la plusvalía al heredar una propiedad no significa que no haya que realizar el correspondiente trámite con el ayuntamiento en cuestión para informar de la herencia y de los herederos.
¿Cuándo hay que pagar la plusvalía?
El plazo para abonar la plusvalía comienza en el momento en que se produce la transmisión de la propiedad y tiene un plazo máximo de seis meses para realizarla. Normalmente el pago se realiza a través de la liquidación que realiza el ayuntamiento correspondiente.
Conclusión
Como hemos podido comprobar, el pago de la plusvalía es una obligación fiscal que deben afrontar casi todos los herederos de bienes inmuebles, por lo que es fundamental estar informados sobre el asunto y asesorarse adecuadamente. Un buen asesoramiento puede evitar complicaciones y sorpresas a la hora de abonar la plusvalía al heredar una propiedad.
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